Ayudas al comercio de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación.
Ayudas destinadas a incrementar la competitividad de la pyme comercial
04-02-2010

ORGANISMO CONVOCANTE
Conselleria de Industria, Comercio e Innovación.
BENEFICIARIOS
Pymes o microempresas que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial o de prestación de servicios en la Comunitat Valenciana.
TIPOS DE ACTUACIONES
Actuaciones que realicen, en la Comunitat Valenciana, las pymes comerciales para mejorar su posición competitiva, mediante la modernización de sus establecimientos, la adquisición de equipamiento e incorporación de nuevas tecnologías y técnicas de gestión en los establecimientos comerciales.
- Adquisición de equipamiento comercial para el almacenamiento, exposición, y/o venta del producto en los establecimientos comerciales.
- Vinculación a forma asociativa. Se considerarán apoyables los recursos invertidos por la empresa para su participación o acceso a la forma asociativa, independientemente de la forma jurídica que ésta adopte, así como las inversiones necesarias para la adecuación del establecimiento comercial al efecto.
- La realización de las inversiones definidas en estudios de diagnóstico del punto de venta, incluidos los gastos de proyecto y dirección de obra en el caso de que se realicen obras que lo requieran.
- Se considera apoyable la adquisición de licencias de software y las aplicaciones informáticas que sean desarrolladas de forma específica para las necesidades de la empresa.
- No serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.
COSTES SUBVENCIONABLES
No se computarán como gastos apoyables:
- Los gastos de estudio o proyecto y dirección de obra (salvo si éstos están expresamente citados como apoyables), fondo de comercio, derechos de traspaso, gastos de alta, permisos y licencias, tasas, adquisición de bienes usados, arrendamientos financieros, gastos de reparación y compra de mercancías objeto de comercialización.
- Las inversiones a realizar en locales comerciales integrados en obra nueva si ésta no se encuentra completamente finalizada a la fecha establecida para la justificación de la inversión.
- El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios y en general cualquier impuesto pagado por el beneficiario.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
- Podrán concederse apoyos de hasta el 30 % con el límite de 25.000 € sobre las actuaciones consideradas subvencionables.
- Si la empresa solicitante responde a la definición de microempresa, el porcentaje de subvención podrá incrementarse hasta 5 puntos porcentuales.
- Si el establecimiento comercial acredita la vigencia del reconocimiento de la Fundación Valenciana de la Calidad como Comercio Excelente, el porcentaje de subvención podrá incrementarse hasta 5 puntos porcentuales.
- En todo caso se aplicará el límite absoluto de subvención fijado en el punto anterior.
- Se exigirá una inversión apoyable no inferior a 5.000 € para que las actuaciones puedan ser subvencionadas.
28 de febrero de 2010
La información de esta convocatoria la puedes encontrar en la página web de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación.





